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Comisión de Honorarios

Comisión de Honorarios

La función principal de la Comisión de Honorarios del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona es la de emitir informes en materia de honorarios profesionales de acuerdo con el art. 246.1 de la LEC en incidentes de impugnación por excesivas de minutas incluidas en una tasación de costas o reclamadas vía jura de cuentas, así como dictámenes periciales a requerimiento del Juzgado o Tribunal, en base al art. 381 de la LEC.

La Comisión interpreta los criterios orientadores en materia de honorarios e informa a los compañeros i compañeras mediante la tramitación de consultas telefónicas, presenciales y por correo electrónico.

Los honorarios profesionales son libres y sólo están sometidos a los pactos suscritos entre el profesional de la abogacía y el cliente y a las normas deontológicas de la abogacía. Los criterios orientadores en materia de honorarios serán de aplicación a los exclusivos efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas.

El Colegio de la Abogacía de Barcelona recomienda el uso de la hoja de encargo profesional, donde se establezcan todos los aspectos relativos a los honorarios profesionales.

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