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Premio Luis del Castillo de Justicia Penal Internacional y Derechos Humanos

17/01/2019
Premio Luis del Castillo de Justicia Penal Internacional y Derechos Humanos Podrán optar al premio todas aquellas candidaturas que se hubieren presentado antes del 25 de enero de 2019 y reúnan los requisitos de la presente convocatoria.

BASES DEL PREMIO

PRIMERA.- Objeto. La Comisión de Justicia Penal Internacional y Derechos Humanos del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (en adelante CJPI-DDHH), aprobó por unanimidad ya en el año 2017 la creación de un premio que tuviera por objeto hacer un público reconocimiento de aquellas personas físicas o jurídicas, instituciones o cualesquiera otro tipo de agrupaciones de personas que se hubieran destacado por su labor o actividad y hubieran contribuido de forma relevante en la lucha contra la injusticia y en la Defensa de los Derechos Humanos, así como en el avance de la Justicia Penal Internacional. Y por unanimidad también, poco después, se decidió que dicho Premio llevara el nombre de Luis del Castillo.

SEGUNDA.- Fecha y publicación. Podrán optar al premio todas aquellas candidaturas que se hubieren presentado antes del 25 de enero de 2019 y reúnan los requisitos de la presente convocatoria. La convocatoria será publicada por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona y por el Colegio de Abogados Penal Internacional y se hará difusión a través de tantos medios como se estimen oportunos. Las candidaturas deberán presentarse en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, bien de forma presencial con sobre cerrado o bien por correo certificado en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona. Se admitirá también por correo electrónico a la dirección cipi-ddhh@icab.cat.

El premio Luis del Castillo se entregará en un acto solemne durante la celebración de Sant Raimon de Penyafort del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, en el mes de febrero.

TERCERA.- La propuesta de candidatura. La presentación de la candidatura se hará mediante propuesta razonada del candidato debiéndose incluir los motivos por los que se presenta, el currículo del candidato o historia de la entidad o institución que se propone al Premio. Podrá acompañarse documentación acreditativa, apoyos que tenga la candidatura, y en general cuantos documentos aporten datos relevantes e información complementaria.

Las candidaturas presentadas que no cumplan los citados requisitos no serán admitidas y la documentación presentada no será devuelta.

Todas las candidaturas se harán llegar a la CJPI-DDHH quien después de revisar que se cumplan los requisitos las hará llegar al Tribunal.

CUARTA.- El Jurado. La concesión del premio será decidida por un Jurado que estará compuesto por:

1)    La Decana del ICAB.
2)    El Presidente del CAPI-BPI-ICB.
3)    El Presidente de la CJPI-DDHH.
4)    El Presidente de la Corte Penal Internacional.
5)    Un familiar de Luis del Castillo, desde la constitución del premio se acuerda que recaiga en la persona de Carmen del Castillo de manera vitalicia
6)    Un periodista, que será quien resulte premiado por el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) en el Premio de Derechos Humanos.

El premiado debe ser preferentemente un jurista.

El Jurado será presidido por la Decana del ICAB y actuará como secretario el Presidente de la CJPI-DDHH.

El Jurado quedará válidamente constituido y podrá tomar acuerdos cuando previa convocatoria de la Decana del ICAB se hallen presentes la mitad más uno de sus miembros, de entre los cuales, en todo caso deberá estar el Presidente. A estos efectos se permite la comparecencia mediante videoconferencia u otro sistema similar.

Corresponde a la Decana del ICAB convocar las sesiones del Jurado, dirigir las deliberaciones y, en su caso, las votaciones que se produzcan y al Secretario levantar acta de las sesiones.

Los miembros del Jurado podrán ser sustituidos en las sesiones del Jurado por personas integradas en el órgano, institución o corporación que presidan o dirijan, procurando el máximo nivel de representación en los sujetos que les sustituyan. Igualmente se permite que los miembros del Jurado puedan delegar su representación en otro miembro del Jurado, sin que ninguno de sus miembros pueda ostentar más de una delegación de representación.

QUINTA.- El voto. El voto será emitido por cada uno de los miembros del Jurado durante las sesiones en que éste se halle formalmente reunido. El voto será secreto. El premio se otorgará al candidato/a que obtenga la mayoría de votos de los miembros del jurado en la sesión que al efecto se convoque expresamente. En caso de empate decidirá el voto de calidad la Decana del ICAB o quien la substituya en el Jurado.

El voto es personal de cada uno de los miembros, admitiéndose la delegación de voto en otro miembro del Jurado, sin que en ningún caso ninguno de los miembros pueda ostentar más de una delegación de voto.

SEXTA.- El premio. El contenido del premio lo decidirá la CJPI-DDHH. De forma excepcional se podrá galardonar con el premio de forma compartida a personas, grupos o instituciones, que de forma muy clara se complementen en sus méritos.

SÉPTIMA.- Comunicación y Publicidad. Se comunicará al galardonado su elección con suficiente antelación a los efectos de que pueda desplazarse a Barcelona a recoger el premio.

Una vez entregado el Premio se publicará en tantos medios y canales como sea posible haciendo la máxima difusión del mismo tanto a nivel nacional como internacional.

Contactos

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