Información de interés residentes de larga duración - CE
23/03/2009El ordenamiento jurídico español contempla la figura de la residencia permanente para extranjeros nacionales de terceros países a los que no resulta de aplicación el régimen comunitario de extranjería. Tal figura es análoga a la residencia de larga duración regulada en la Directiva 2003/109/CE, siempre y cuando el acceso al estatuto de residente de larga duración se produzca tras haber dispuesto de residencia temporal continuada por un período de cinco años.
Por lo tanto, si Vd. se encuentra en la situación señalada en el párrafo anterior y desea trasladarse a residir o trabajar a otro país de la Unión Europea deberá:
- Informarse en el país comunitario de destino de los requisitos que en el mismo se exigen a los nacionales de terceros países que son titulares del permiso de residencia de larga duración-CE o equivalente.
- En caso de que fuera necesario puede solicitar a las autoridades españolas la emisión de un duplicado de su tarjeta de residencia, en el que conste la leyenda: “RESIDENTE DE LARGA DURACIÓN-CE” que, en su caso, acreditará que dispone de autorización de residencia permanente en España obtenida tras haber residido continuadamente en nuestro país por un período de cinco años.
Para solicitar un duplicado de la tarjeta de identidad, no debe dirigirse a la Oficina de Extranjeros de Barcelona. Puede dirigirse directamente a la comisaría de la policía nacional donde le entregaron la tarjeta, o a la comisaría de la policía nacional que corresponda a su zona actual de residencia, si hubiera cambiado de domicilio.
Deberá seguir las instrucciones que la comisaría le facilite. Lamentamos no poder ofrecerle información adicional al respecto, ya que la expedición de tarjetas de identidad no es competencia de esta Oficina, sino de la Dirección General de la Policía, a través de las comisarías habilitadas al efecto.
NOTA FINAL: en caso de haber cambiado la provincia de domicilio, y de estar actualmente empadronado en alguna localidad de la provincia de Barcelona, entendemos que, con el volante de empadronamiento podrá dirigirse a la comisaría de la policía nacional más cercana, y a la vez comunicar allí el cambio de domicilio y solicitar la expedición del duplicado de la tarjeta de identidad.
Atentamente,
Departamento de Información
24/3/2009