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Notícies

Resolución DGRN de 22-01-2020: negativa a practicar depósito de cuentas anuales

23/07/2020
En este supuesto, el Registrador Mercantil de Valencia deniega el depósito de cuentas anuales de una sociedad anónima relativas al ejercicio de 2018, ya que la junta general en que se aprobaron las cuentas fue convocada el día 29 de mayo de 2019 y se celebró el día 27 de junio de 2019, contraviniendo así el artículo 176 LSC ya que el anuncio de convocatoria de la Junta no consta publicado con la debida antelación.

La DGRN argumenta que el artículo 176 LSC fija un margen temporal que tiene como justificación garantizar al socio que pueda obtener la información pertinente acerca de las cuestiones sobre las que es llamado a pronunciarse, y que el incumplimiento de tal disposición en la convocatoria de la junta “comporta, en principio, la nulidad de los acuerdos adoptados en la Junta General”. Asimismo no comparte el razonamiento de la recurrente basado en la escasa entidad que, a su juicio, tendría el defecto, ya que, como recuerda la DGRN, la convocatoria de la junta sin respetar los plazos establecidos en la LSC da la posibilidad de impugnar los acuerdos por no entenderse que se trata de una infracción de requisitos meramente procedimentales. Por todo lo anterior decide mantener la calificación registral y confirmar la calificación impugnada.

Vinculo: https://www.boe.es/boe/dias/2020/06/18/pdfs/BOE-A-2020-6381.pdf