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Notícies

Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Civil) de 25-05-2020. Roj: STS 1225/2020 - ECLI:ES:TS:2020:1225. Responsabilidad de administradores por incumplimiento del deber de disolver

23/07/2020
En el supuesto en cuestión, la parte actora presentó, durante el año 2009, una demanda ante los juzgados de lo social reclamando una indemnización por accidente laboral (que tuvo lugar en el año 2006) contra la sociedad Ciberpromoges, S.L.

El juzgado de lo social dictó sentencia estimatoria, pero la actora nunca pudo llegar a cobrar el crédito por estar todos los activos de la antemencionada sociedad gravados con una carga preferente.

En vista de lo anterior, la parte actora presentó, ante el juzgado de lo mercantil, una demanda de responsabilidad del administrador de la sociedad, en la que se solicitaba su condena al pago de una cantidad dineraria en ejercicio de acción de responsabilidad ex artículo 367 LSC así como acción individual del artículo 241 LSC.

El Alto Tribunal reitera su jurisprudencia que considera que el derecho a la indemnización nace con el siniestro (año 2006), y no con la sentencia que fija el quantum (año 2009), la cual es meramente declarativa. Ciberpromoges, S.L. estaba en causa de disolución a partir del año 2008, por lo que no puede prosperar la acción de responsabilidad ex art. 367 y art. 241 LSC, puesto que la deuda nació con anterioridad a la causa de disolución de la sociedad.

Vinculo: http://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/972f93671882b8ac/20200605